A lo que Google responde que el no se puede guiar conforme a la legislación Española ni Europea,ya que ya se rige por la legislación estadounidense, por lo que no le reconoce dichos derechos al ciudadano. Lo curioso es que decenas de afectados en todo el mundo, cada caso es diferente pero estaban a la espera para proceder con sus respectivas denuncias al gigante tecnológico.
Bueno ahora ya puestos en situación, sinceramente creo que detrás de esto hay muchos intereses en juego nada tiene que ver con un ciudadano. ¿hasta donde se ha de defender la libertad de expresión?, ¿por qué Google debe retirar algo de su buscador cuando sigue estando el contenido en la red?, ¿no es este el mismo principio que se utiliza para declarar algo "pirata" y obligar a retirarlo del buscador? ¿puede ser este un precedente? ¿tengo derecho real a "el olvido en internet"?. Y tu ¿que opinas?.
FUENTE DE INFORMACIÓN
HOY PUEDE SER UN GRAN DÍA. VICTOR.
Mario
Costeja, que al buscar su nombre en Google, se encontraba con un enlace
a una página del diario La Vanguardia que contiene el anuncio de la
subasta, por impago, de un inmueble de su titularidad, publicado años
atrás en el periódico por orden de la Dirección Provincial de la
Tesorería General de la Seguridad Social. Dado que la publicación de los
datos del reclamante en el sitio web de La Vanguardia estaba amparada
por la libertad de información del diario, la AEPD estimó parcialmente
el derecho de cancelación del ciudadano, inadmitiendo la tutela de
derechos contra La Vanguardia y estimando la reclamación formulada
contra Google Spain, S.L. y Google Inc. La Agencia instó a Google a
adoptar las medidas necesarias para retirar de su índice los datos del
ciudadano asociados al citado anuncio, al considerar que el buscador no
es un mero vehículo de transmisión, sino que, para ofrecer el servicio
de búsqueda a través de su página de resultados, previamente ha
recopilado datos personales en diversos sitios web y los ha indexado, lo
que a juicio de la AEPD constituye un tratamiento de datos en los
términos de la Directiva. - See more at:
http://www.publico.es/520364/google-pierde-frente-al-derecho-al-olvido-en-internet#sthash.KhYCKpgM.dpuf
Mario Costeja, que al buscar su nombre en Google, se encontraba con un
enlace a una página del diario La Vanguardia que contiene el anuncio de
la subasta, por impago, de un inmueble de su titularidad, publicado años
atrás en el periódico por orden de la Dirección Provincial de la
Tesorería General de la Seguridad Social. Dado que la publicación de los
datos del reclamante en el sitio web de La Vanguardia estaba amparada
por la libertad de información del diario, la AEPD estimó parcialmente
el derecho de cancelación del ciudadano, inadmitiendo la tutela de
derechos contra La Vanguardia y estimando la reclamación formulada
contra Google Spain, S.L. y Google Inc. La Agencia instó a Google a
adoptar las medidas necesarias para retirar de su índice los datos del
ciudadano asociados al citado anuncio, al considerar que el buscador no
es un mero vehículo de transmisión, sino que, para ofrecer el servicio
de búsqueda a través de su página de resultados, previamente ha
recopilado datos personales en diversos sitios web y los ha indexado, lo
que a juicio de la AEPD constituye un tratamiento de datos en los
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enlace a una página del diario La Vanguardia que contiene el anuncio de
la subasta, por impago, de un inmueble de su titularidad, publicado años
atrás en el periódico por orden de la Dirección Provincial de la
Tesorería General de la Seguridad Social. Dado que la publicación de los
datos del reclamante en el sitio web de La Vanguardia estaba amparada
por la libertad de información del diario, la AEPD estimó parcialmente
el derecho de cancelación del ciudadano, inadmitiendo la tutela de
derechos contra La Vanguardia y estimando la reclamación formulada
contra Google Spain, S.L. y Google Inc. La Agencia instó a Google a
adoptar las medidas necesarias para retirar de su índice los datos del
ciudadano asociados al citado anuncio, al considerar que el buscador no
es un mero vehículo de transmisión, sino que, para ofrecer el servicio
de búsqueda a través de su página de resultados, previamente ha
recopilado datos personales en diversos sitios web y los ha indexado, lo
que a juicio de la AEPD constituye un tratamiento de datos en los
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enlace a una página del diario La Vanguardia que contiene el anuncio de
la subasta, por impago, de un inmueble de su titularidad, publicado años
atrás en el periódico por orden de la Dirección Provincial de la
Tesorería General de la Seguridad Social. Dado que la publicación de los
datos del reclamante en el sitio web de La Vanguardia estaba amparada
por la libertad de información del diario, la AEPD estimó parcialmente
el derecho de cancelación del ciudadano, inadmitiendo la tutela de
derechos contra La Vanguardia y estimando la reclamación formulada
contra Google Spain, S.L. y Google Inc. La Agencia instó a Google a
adoptar las medidas necesarias para retirar de su índice los datos del
ciudadano asociados al citado anuncio, al considerar que el buscador no
es un mero vehículo de transmisión, sino que, para ofrecer el servicio
de búsqueda a través de su página de resultados, previamente ha
recopilado datos personales en diversos sitios web y los ha indexado, lo
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atrás en el periódico por orden de la Dirección Provincial de la
Tesorería General de la Seguridad Social. Dado que la publicación de los
datos del reclamante en el sitio web de La Vanguardia estaba amparada
por la libertad de información del diario, la AEPD estimó parcialmente
el derecho de cancelación del ciudadano, inadmitiendo la tutela de
derechos contra La Vanguardia y estimando la reclamación formulada
contra Google Spain, S.L. y Google Inc. La Agencia instó a Google a
adoptar las medidas necesarias para retirar de su índice los datos del
ciudadano asociados al citado anuncio, al considerar que el buscador no
es un mero vehículo de transmisión, sino que, para ofrecer el servicio
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recopilado datos personales en diversos sitios web y los ha indexado, lo
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enlace a una página del diario La Vanguardia que contiene el anuncio de
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atrás en el periódico por orden de la Dirección Provincial de la
Tesorería General de la Seguridad Social. Dado que la publicación de los
datos del reclamante en el sitio web de La Vanguardia estaba amparada
por la libertad de información del diario, la AEPD estimó parcialmente
el derecho de cancelación del ciudadano, inadmitiendo la tutela de
derechos contra La Vanguardia y estimando la reclamación formulada
contra Google Spain, S.L. y Google Inc. La Agencia instó a Google a
adoptar las medidas necesarias para retirar de su índice los datos del
ciudadano asociados al citado anuncio, al considerar que el buscador no
es un mero vehículo de transmisión, sino que, para ofrecer el servicio
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